|
|
|
|
|
***
Bondage Medical - Ataduras médicas empleados en
las fantasías de bondage ***
|
|
| Hoy
os vamos a descubrir secretos de las ataduras en el campo
médico, os enseñaremos y os descubriremos aspectos legales
y éticos válidos en las fechas presentes de este artículo,
y por supuesto os hablaremos de bondage medical. |
| Es
una modalidad de bondage practicada por poco público,
pues requiere disponer de un material de alto coste económico,
un escenario acorde con el juego sexual, un conocimiento
del uso del material, y una difícil adquisición, pues
hay personas quienes nos han comentado que han intentado
comprarlo en tiendas especializadas de material sanitario
o médico, y tampoco lo han conseguido. |
| En
primer lugar, debéis de saber que el término "ataduras
médicas" o bondage medical" sólo lo usan las personas
con estas preferencias sexuales, dado estas prácticas
por supuesto no se realizan en lugares ajenos a la intimidad
de las parejas o personas mutuamente adeptas de estos
juegos. En términos médicos su palabra correcta es "contenciones",
el cual suele completarse con la expresión "contenciones
mecánicas". Es decir, si escuchamos que un paciente ha
sido sometido a contenciones mecánicas, o médicas o físicas,
significa que el paciente ha sido atado. |
| Dicho
esto, sería oportuno explicar cómo funcionan cuanto conocemos
popularmente por las ataduras médicas. |
| Legalmente,
se entiende por contención mecánica (también llamada contención
física o médica) el uso de un dispositivo físico y/o mecánico
para restringir los movimientos de una parte del cuerpo,
o impedirlos en su totalidad, con el objetivo de prevenir
actos que pueden suponer riesgo de lesión para el propio
paciente u otras personas de su entorno. |
| En
cada país se regulan de manera distintas. En algunos países
están prohibidas. En el caso de España, por ejemplo, son
legales. |
| En
Barcelona (España), en las fechas presentes del año
2009 de este artículo escrito, sólo dos jueces
pueden determinar si una persona ha de ingresar de forma
forzosa en un hospital psiquiátrico, hecho el cual adoptan
los jueces cuando comprueban que la persona afectada está
en situación de riesgo
para sí mismo y quienes le rodean, así como cuando la
susodicha persona no es consciente de sufrir una enfermedad
mental que requiera atención médica profesional, y cuyo
realidad es avalada y confirmada por la valoración de
un médico forense. |
| Sin
embargo, aún a pesar de poder decidir el ingreso de un
paciente, no puede decidir sobre el tratamiento qué recibirá
(aunque la ley sí dice que ante tratamientos que supongan
un riesgo para la salud del paciente, como podrían ser
los electrochoques, sí se debe de pedir autorización al
juez y a la familia), fecha de su alta médica o contenciones
mecánicas (esto es, las ataduras), las cuales son legales
en España y hay conocimientos abundantes de sus aplicaciones.
|
| Desde
un punto de vista ético, es una medida de urgencia que
debe utilizarse como último recurso, después de que hayan
fracasado el resto de medidas alternativas, como la contención
verbal, la contención ambiental o la contención farmacológica,
y por supuesto, dentro del código ético médico, se valoran
oportunas aplicar las ataduras médicas a los pacientes
cuando éstos, a causa de la enfermedad o la medicación,
pueden provocarse lesiones a sí mismos (autolesiones,
caídas accidentales, etc.), lesiones a terceras personas,
quitándose vendajes que cubran las heridas, alteraciones
graves del programa terapéutico para la pacientes (extracción
de sondas o sistemas de soporte vital, vendajes, etc.)
, daños al entorno (como podrían ser aparatos médicos
de diagnóstico) o incluso pueden aplicarse si el propio
paciente lo solicita y el personal asistencial lo considera
justificado, entre otros ejemplos. |
| Las
ataduras médicas se suelen hacer con cinchas de cuero
homologadas o dispositivos de contención homologados,
correas, muñequeras u otros dispositivos de inmovilización
homologados, los cuales además deben de reunir las condiciones
exigidas acerca de su longitud, textura y presión, para
evitar posibles lesiones a la persona. No se usan cuerdas,
cinta de precintar o material propio de las fantasías
de bondage, pues en este caso sí habría planteamientos
legales a cuestionar. |
| También
cabe remarcar que las ataduras son distintas dependiendo
de la propia finalidad de las ataduras, cuyo uso en todos
sus términos (inmovilización, duración, posición, etc),
suele estar regulado, dependiendo por supuesto del país
en el cual se apliquen. Aquí, en España, hay una regularización
ética y médica, y también legal, la cual puede variar
según la comunidad autonómica en la cual se resida. |
| Aquí,
en Catalunya, creo recordar que el artículo 5 en su sistema
social (o sanitario) establece el derecho a no ser sometido
a ningún tipo de inmovilización o restricción física o
farmacológica sin |
|
|
| prescripción
médica y supervisión, salvo que exista peligro inminente para
la seguridad física del usuario o de terceras persona u otros
preceptos mencionados anteriormente. |
| Asimismo,
se informa al paciente afectado/a de la necesidad de proceder
a la contención, para intentar que lo acepte y colabore, ceñidos
de este modo a un concepto legal cubierto por el derecho de
que la persona con capacidad para decidir otorgue su consentimiento
ante la adopción de esta medida (sea el paciente o los familiares
y personas vinculadas si el paciente es incapaz), aunque se
acepta como situaciones de excepción a la exigencia del consentimiento
el caso de riesgo para la salud pública, la urgencia, o la incapacidad
para personas como por ejemplo con trastornos psíquicos, sin
presencia o contacto de familiares y/o vinculados. |
| Pero,
en líneas generales, ceñidos a las leyes españolas, siempre
que esté justificada la aplicación de una contención mecánica
se debe de respetar una serie de principios éticos, entre los
cuales figuran los siguientes: |
| xxx |
| -
cualquier persona, en su estado sano y lúcido, tiene
el derecho de tomar decisiones sobre su vida y su
salud, y por lo tanto la persona que requiera la
aplicación de contenciones mecánicas deberá de ser
informada del uso de esta medida, e incluso si es
posible se deberá solicitar su consentimiento. Si
dicha persona no pudiera darlo por su enfermedad,
la información y el consentimiento recaerán en su
entorno más próximo; |
| -
la atadura aplicada debe de limitarse solamente
a su uso en beneficio del paciente, siendo siempre
este tipo de intervenciones beneficiosos para el/la
paciente y siendo dichos beneficios siempre superiores
a los perjuicios que se pudieran ocasionar; |
| -
las contenciones mecánicas deben de causar las mínimas
e imprescindibles limitaciones de movilidad al paciente,
restringidas a la intensidad y gravedad suficiente
que requiera la situación; |
| -
las contenciones se aplican en lugares protegidos
de la miradas innecesarias de terceros y personas
ajenas al cuidado del paciente y la contención.
No se toma fotografías e imágenes de los/as pacientes
sometidos/as a contenciones mecánicas salvo por
orden judicial, y no se permite hacer ningún uso
de alguna de estas imágenes salvo aquellos autorizados
judicialmente, o cuando dicha imagen sea prueba
o documento imprescindible en una acción judicial; |
| -
se debe de revisar con cierta periodicidad la piel
en contacto con las ataduras, pues hechos como el
roce pueden provocar irritaciones o heridas en la
piel; |
| -
las ataduras no deben de oprimir jamás la circulación
sanguínea del paciente tratado; |
| -
las ataduras deben de ser ordenadas después de haber
sido identificado el síntoma médico por el cual
se consideran necesarias, y deben de especificarse
las circunstancias bajo las cuales han de usarse
las ataduras, registrándolas en la historia clínica
donde se explicara el riesgo de la persona, la planificación
y evaluación de los cuidados, para dicho tratamiento; |
| -
el código ético asume que la contención mecánica
es una medida muy estresante para el paciente, razón
por la cual se suele acompañar de una sedación farmacológica,
debiendo de desatar al paciente tan pronto el uso
de las ataduras no sea necesario, o represente riesgo
para su salud y bienestar. El procedimiento habitual
es la retirada de la inmovilización física progresivamente,
observando la respuesta del paciente, retirando
las ataduras de cada miembro con intervalos de tiempo
superiores a cinco minutos; |
| -
y como dicta la razón, el sentido común y la legalidad
española, las ataduras no deben de representar ninguna
humillación o acción denigrante sobre el paciente,
respetándose siempre su dignidad, el máximo respeto,
y los derechos fundamentales de las personas. |
|
|
|
Sin embargo, la aplicación de las ataduras en el campo de la
medicina despierta su polémica. Aunque se justifican especialmente
para la prevención de caídas o lesiones infringidas de manera
propia, hay sectores de la sociedad quienes critican su aplicación
en la medicina pues pueden provocar daños por inmovilidad, pérdida
de masa muscular y debilidad muscular si esta inmovilidad es
excesivamente prolongada, hipotensión ortostática, o tromboembolismo,
por ejemplo. Estos daños podrían existir si el/la cuidador/a
no fuese una persona capacitada para aplicar las ataduras y
realizara las ataduras incorrectas, o no supiera valorar el
tiempo máximo de cada atadura, razón por la cual en muchas instituciones
se intenta evitar el uso de ataduras en el cuidado de pacientes
por enfermedades no mentales. |
|
|
| El
cuidador/a, enfermero/a, médico o persona que aplique
las ataduras debería de saber, tal como hemos explicado
con anterioridad, que la posición de inmovilización
debe de ser la más adecuada en cada caso. Por ejemplo,
debe de saber de los riesgos de la posición de decúbito
prono en pacientes obesos pues algunos estudios
la han relacionado con situaciones de muerte súbita
por asfixia posicional, o los riesgos de la posición
de decúbito supino, que también comporta su riesgo
si el paciente presenta síntomas que derive en vómitos,
pues hay riesgo de asfixia por su propia aspiración
del vómito. |
| En
España, algunos casos han ayudado a fomentar la
polémica y han formado parte de las noticias en
medios de comunicación españoles, como un hospital
psiquiátrico el cual mantenía a sus enfermos sometidos
a contenciones mecánicas sujetas a la cama y los
radiadores, donde presuntamente permanecían atados
de día y de noche. Otros casos, donde pacientes
presuntamente fallecieron en los centros donde estaban
ingresados en incendios de los cuales no pudieron
escapar a causa de las ataduras a las cuales estaban
|
|
|
| sometidos,
también fomenta el debate en torno a las ataduras, aunque en
España no se niega todavía que se valoran necesarias para enfermos
mentales de especial agresividad y gravedad. |
| Aún
así, se pretende evitar siempre la polémica en incidentes no
deseados haciendo que los profesionales, enfermeros/as u otro
personal, relacionado en la contención mecánica, tenga los conocimientos
necesarios para aplicar las técnicas de inmovilización, así
como actitud madura y reflexiva. |
| De
todos modos, aquí en Bondage10 no vamos a tratar estos debates,
pues tampoco este es el objetivo de este artículo, salvo el
texto preciso con finalidad informativa y cultural, el cual
consideramos ya se ha cumplido en este tramo. |
| Por
lo tanto, hablaremos propiamente a partir de ahora del bondage
medical aplicado como fantasía erótica. |
| En
primer lugar, deberíamos de puntualizar que el bondage medical
es distinto al sado medical, y para muchas personas pueden no
tener ninguna relación entre ambos. Explicado de una manera
resumida, en el sado medical se aplican prácticas como enemas,
lavativas, o se llega a hacer uso de inyecciones, inyectándose
realmente un suero (suero fisiológico) del cual no vamos a hablar,
pues Bondage10 no es una web de medicina y nosotros no tenemos
la titulación correspondiente para esta oficio. Sólo os diremos
que no recomendamos hacer esta práctica, porque este suero no
es un juguete, debiendo sólo de emplearse por profesionales
de la medicina en los casos necesarios. |
| Estas
prácticas, así como otras no mencionadas, no forman parte del
bondage medical, y no se practican, aunque halla personas que
mezclen ambos campos y seguro les molesten esta afirmación.
La competencia profesional existe en España incluso en las recetas
de cocinar perejil con miel, y por supuesto en este campo erótico
también existen dichas competencias que generan sólidas enemistades,
alcanzando extremos de envidias y otras malas artes. Este hecho
ocurre siempre en todas las competencias profesionales con intereses
económicos, más o menos disimulados y perceptibles para las
personas visitantes y usuarios/as. |
| Pero,
realmente, el bondage medical se refiere exclusivamente a las
ataduras. Es decir, son personas quienes les gusta atar o ser
atados/as con dispositivos de inmovilización homologados en
la medicina, para su uso en hospitales o psiquiátricos, generalmente,
sin ningún castigo, dolor o humillación. Buscan, exclusivamente,
el erotismo de unas ataduras distintas. |
| Con
este objetivo hay muchos materiales. Quizá el más conocido sea
las camisas de fuerza, gracias en especial al cine y la televisión,
aunque en los próximos días publicaremos un artículo dedicado
a las camisas de fuerza, dado ofrecen mucha diversidad monotemática. |
| Aún
así, hay otros elementos. Hay antifaces médicos, inconfundibles
por la característica movilidad y fijación sobre el ojo del
parche, máscaras bozal (cuyo fin no es amordazar a la persona
sino evitar de lesiones como mordiscos, entre otros), y una
gran variedad de correas, arneses, muñequeras y material de
atar. |
| En
nuestro país no es un negocio en las fechas presentes, pero
a nivel internacional, como podría ser Estados Unidos o Alemania,
hay empresas y portales webs dedicados de manera exclusiva a
la venta de estos productos. Sus precios son competitivos, su
calidad es indiscutible, y los modelos de los aparatos o ataduras
son extensas, y básicamente las personas que disponen de estos
equipamientos para su uso propio y personal compran en países
extranjeros. |
| Así,
pues, es fácil intuir que hay muchas páginas, y es difícil seleccionar
la mejor página en este sector. Algunos portales ofrecen las
novedades y avances de este mercado, pero tienen poca variedad.
Otros portales, sin embargo, carecen de actualizar su catálogo
al ritmo del mercado, pero disponen de una gran variedad en
todos los de productos donde elegir. |
| Simplemente,
se debe de navegar con tranquilidad y paciencia por la red,
buscando aquel portal que nos ofrezca el producto de nuestro
agrado con todos los requisitos de seguridad y calida. |
|
|