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La
prostitución y sus métodos: La
obligación de ejercer la prostitución
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| Cabría,
en este artículo, reseñar dos diferencias en cuanto al término obligación
se refiere, pues se dan dos significados: el primero de éstos supondría
la obligación de ejercer la prostitución por sus penurias y dificultades
económicas, así como las dificultades por encontrar un trabajo justo y necesario
para la subsistencia de sí mismo/a como persona, a lo cual tiene pleno derecho.
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| La
segunda definición, cual es ejercer la prostitución mediante la obligación
ejercida por otras personas, es cuya definición está dedicado plena e íntegramente
este artículo. Excluiré, de tal concepto, las Son muy pocas las chicas obligadas
a ejercer la prostitución por la fuerza. Quedan, por supuesto, las ya sabidas
mafias que obligan a chicas extranjeras a dedicarse a la prostitución para
saldar las deudas u otras causas y usando métodos como son las amenazas,
agresiones, encierros, retenciones de pasaportes, etc, pues aunque son los
casos de mayor relevancia social no representan de ninguna manera la mayoría
del colectivo. |
| Tampoco
son, dicho sea de paso, de mi interés. Únicamente, repito, trataré la prostitución
en el ámbito mayoritario. |
| Éstos,
bien sean pisos o locales, ejercen otros métodos para la obligación de prostituirse
que, y digo intencionadamente entre comillas, se consideran "legales", y
los cuales son de difícil detección y demostración, aún incluso habiendo
denuncia de la persona afectada. |
| Podríamos
dividirlos en cuatro grupos, y serían los siguientes: |
| - Fijos
- La forma de "fijo" está actualmente en descenso, gozando de mala fama.
En caso de ser fijo, se ofrece a la persona que se dedica a ejercer la prostitución
una cantidad fija al día (suele ser 24 euros o 30 euros en el momento de
escribir este artículo, en marzo de 2007) por estar allí presentes de un
horario que suele ser de diez horas al día, sin excepción ni falta ni descanso,
en horario continuo y cumplido con rigor. Dicha cantidad se la llevan incluso
en el caso de no haber atendido ningún cliente, pues corresponde únicamente
por su presencia. El beneficio para el "empresario" se obtiene de los servicios,
percibiendo en este caso la persona que realiza el servicio sexual sólo
el 20% como máximo sólo de la cantidad correspondiente al servicio. |
| Traducido
en número, sobre un servicio de 60 euros, la persona que ejerce la prostitución
recibe como máximo 12 euros. |
| En
los casos de fijo, si por cual razón sea física (suciedad, ebrio, mal olor,
sobrepeso) o sexual (solicitud de un servicio no del gusto de la persona
que ofrece su servicio sexual, como sexo sin preservativo, garganta profunda
o sexo anal, que son los más rechazados), la persona se niega a atender
al cliente, es cierto que nadie la obligará. Se le presentará otra chica
o se permitirá al cliente irse, si no fueran las restantes de su agrado.
Pero desde aquel instante a la chica ya no se le ofrece el fijo. Pierde
su cantidad fija al día, y es muy probable que, en caso de no ser una chica
con gran experiencia y éxito, la encargada de aquel piso o el mismo propietario
la "invite" a no volver a su lugar de trabajo, si vuelve a rechazar otro
servicio; |
| - Porcentaje
- En caso de porcentaje: las causas y las "represalias" son exactamente
las mismas. |
| Se
elimina la cantidad fijada en fijo. Las personas que ofrecen los servicios
sexuales no publican los anuncios, y ni tan siquiera los redactan. Tampoco
cifran los precios de sus servicios. Los teléfonos, asimismo, tampoco son
suyos, y es habitual tampoco los respondan ellas. Los anuncios los publica
la encargada del piso, y/o el propietario del negocio. Las tarifas de los
servicios tampoco son íntegramente para las chicas, llevándose un porcentaje
que en el mejor de los casos corresponde al 50% de la cantidad abonada por
el cliente. |
| En
estos casos, si también la persona se niega a atender al cliente, tampoco
nadie la obligará. Al igual que ocurre en la modalidad de fijo, se le presentará
otra chica o se permitirá al cliente irse, si no fueran las restantes de
su agrado. Pero es muy probable que los sucesivos clientes durante ese mismo
día y tal vez el siguiente sean presentados a otras personas que ejerciten
la misma labor, o se le aconseje otra compañera de trabajo, y en caso de
volver a repetirse, la encargada de aquel piso o el mismo propietario la
"invite" a no volver a su lugar de trabajo; |
| - Chicas
"out" ó "gelout" - El nombre de "gelout" nace de una mofa. Corresponde a
la pronunciación, muy poco acertada y demostrando un nulo conocimiento del
idioma inglés, de las palabras "girl out". Este término está actualmente
usado por algunos pisos privados, útil por desconocimiento de las autoridades
y control policial. Se refieren a las chicas que, ofreciendo sus servicios
sexuales en algún piso de sexo profesional, no están presentes, sino que
sólo acuden por reserva o cuando comunica el cliente va a presentarse. Son
chicas que no están mucho tiempo en el piso, sino lo justo de su tarea.
Cuando el cliente acude, o reserva atención con ella, sea la hora que sea
y la antelación cualquiera, la encargada le llama para que acuda inmediatamente.
En ese momento debe de abandonar cual sea su actividad, de ocio, personal
u otras, y acudir a la dirección facilitada, bien sea en el piso de atención
sexual o salida a domicilio y hotel, si la persona se presta. |
| Si
no acude, no se presenta, o no desea en aquel instante realizar el servicio,
la encargada no la obligará a ir a la fuerza. Bien es cierto que, durante
la conversación, la encargada insistirá, y de todas las maneras intentará
convencerla, pero si no hay manera suplantará esa chica por otra, con cualquier
excusa como por ejemplo, la más habitual, hallarse en periodo menstrual. |
| Sin
embargo, para que la chica entienda su "obligación" de ir, se desviarán
sus clientes a otras chicas más "atentas" y "serviciales", y es probable,
dependiendo de la actitud de la encargada, la gran mayoría con unas artes
y una educación y una conducta presuntamente ilegales, inapropiadas e incorrectas,
que no le vuelvan a llamar nunca más. |
| Habrá
de ser la persona afectada quien, extrañada por la falta de comunicación,
se ponga en contacto con la encargada, quien muy seguro le comunicara su
malestar, habiendo a partir de aquel entonces, si quiere clientes, estar
presente en el piso. |
| Travestis
y transexuales - En cuanto a la obligación de este colectivo a ejercer la
prostitución, según cuentan es mucho mayor. La necesidad económica, su dificultad
de otras ofertas laborales por la exclusión social, y otras causas, les
hacen buscar como recurso el oficio de la prostitución. Y será tal vez por
causas que no es conveniente mencionar que este sector se ve sometido a
rumores e historias de todos los estilos, y ninguna posible de demostrar
su veracidad. |
| No
es necesario detallarlos, porque ninguna de las afirmaciones que pudieran
hacerse es demostrable, ni tengo constancia de haberse presentado denuncia
alguna por estas causas. Son, sencillamente, comentarios habituales que
por el mero hecho de pronunciarse no suponen credibilidad ni certeza. Sin
denuncia y los informes correspondientes, nunca se puede saber si los comentarios
son reales, o son fruto de la mala intención o la dudosa fantasía de las
personas. |
| Por
tal razón, no es necesario dar cuenta pública de rumores sin fundamento.
Pero, en caso de ser ciertos, tampoco son atribuibles su culpa al sector
mismo en sí, sino únicamente producto de personas que, a título personal,
se muestran carentes de valores como el respeto, la educación y la compresión,
entre otros. |
| Estas
formas de represalias, muy extendidas debido a su dificultad legal de combatir
y demostrar, se practican tanto en pisos como locales o prostitución de
calle, variando las formas y las palabras pero con el mismo sentido, y vienen
a suponer la versión avanzada de la obligación de ejercer la prostitución. |
| Por
supuesto, en situaciones muy concretas pueden producirse otras maneras,
y tampoco, tal como he dicho al inicio del artículo, entro a comentar las
formas de organizaciones que son justa y necesariamente combatidas por las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. |
| Este
artículo sólo pretende dar a conocer las prácticas mayoritarias que no deberían
de ser permitidas ni realizadas bajo ningún concepto. |
| Espero
que resulte de vuestro agrado y sea útil para vuestro conocimiento. |