Reflexiones políticas acerca de no poder regularizar el oficio del sexo
En una fecha la cual no debo y no voy a hacer pública tuvimos una reunión personal, directa, sincera y agrable, con personas de alta representación institucional del Departament d’Interior de la Generalitat de Catalunya, a fin de abordar diversos asuntos, entre los cuales se hallaba la imposibilidad de regularizar las prestaciones sexuales remuneradas.
Como bien vais a comprender, no voy a facilitar ningún dato personal, del mismo modo que hemos adoptado siempre en nuestra filosofía, y únicamente trataré la cuestión desde el punto de vista político, sin ninguna alusión personal.
Actualmente, la regularización de las prestaciones sexuales remuneradas no es posible.
En la sociedad actual, hay tres líneas políticas aplicadas a la posición de esta regularización, entre las cuales figuran la línea conservacionista y la línea evolucionista, pero indistintamente de las líneas políticas aplicadas debe de tenerse en cuenta que la competencia de la regularización pertenece al Estado, y por lo tanto, la regularización de las prestaciones sexuales remuneradas no figuran entre las competencias del gobierno de la Generalitat de Catalunya.
Cabría, a partir de estas correctas atenciones y conversaciones, realizar una reflexión en cuanto a la prestación de los servicios sexuales remunerados.
Bien sabéis que en las fechas presentes la prestación de servicios sexuales remunerados no es un oficio, y su actividad no está regularizada. Apreciaréis, en mi texto, que en ningún momento uso la palabra prostitución, debido a que su uso está en profundo debate por juristas profesionales, y entre quienes me declaro en la línea de no definir el oficio como prostitución, dado su término es incapaz de englobar las múltiples variedades de este oficio.
Esta falta de regularización comporta grandes riesgos. Es conocido por la gran mayoría de la sociedad, en las informaciones facilitadas a través de los medios de comunicación básicamente, que hay mafias y redes relacionadas con las tratas de blancas, proxenetismo y otros delitos en los cuales por desgracia se ven sometidas miles de chicas, pero ¿podría plantearse la regularización como una forma válida de combatir esta cruda realidad?.
Asimismo, hay otro aspecto a valorar, menos notorio y conocido aunque sin embargo también componente de la realidad, y cual es que en las fechas presentes, un 10% de las personas que prestan servicios sexuales remunerados, trabajan de forma completamente independientes y particulares, prestando sus servicios libres y por propia voluntad, de forma habitual o esporádica, en su estado mental físico y psíquico sano y lúcido, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de cualquier otra persona, a la realización de fantasías sexuales remuneradas, redactando estas personas mismas sus anuncios, respondiendo de forma personal al teléfono, y escogiendo atenciones de su gusto, y negándose a cuyas solicitudes no son de su agrado.
Aún a pesar de no ser del agrado de ciertas líneas políticas, preferentemente en la llamada España más conservacionista, estas personas existen, y por estas personas se necesita la regularización de su oficio. En ello no cabe ninguna duda de que en tiempos futuros, imposibles de precisar en fechas, la regularización de las prestaciones sexuales remuneradas será un hecho real.
Por supuesto no será fácil e inmediato, dado además debemos de añadir el inconveniente del desconocimiento de las Administraciones Públicas y el Gobierno en cuanto al funcionamiento de prestar servicios sexuales remunerados. Su concepto, experiencia y conocimiento, tanto de los órganos citados como por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, se basan en las operaciones policiales contra el proxenetismo y las tratas de blancas especialmente, y en los documentos incautados en dichas operaciones, pero desconocen completamente cómo se establece una base y estructura particular entre estos grupos o redes delictivas.
En este momento reflexivo se debería de incluir también la definición del oficio. Prostitución no es la palabra adecuada, dado no puede englobarse en una sola palabra formas tan distintas del oficio como pueden ser prestar los servicios sexuales remunerados en la calle, en un club de alterne, bajo la coacción de mafias o completamente particular en cualquier ubicación privada, como podría ser un apartamento.
Supongamos, a modo de ejemplo, una realidad: una persona, de gran belleza física, con cultura y estudios universitarios, educada, con aquella clase, compostura, trato, elegancia, personalidad y carácter digna de ser la perfecta acompañante en reuniones empresariales o eventos políticos, y liberal en su forma de pensar respecto al sexo, está dispuesta a mantener sexo con personas cuyo vínculo personal no es afectivo, a fin de satisfacer su fantasía. Es fácil suponer que, en caso de prestar gratuitamente, no tendrá apenas tiempo libre, y las solicitudes serán a tal extremo de colapsar su teléfono y su paciencia. Si, a fin de evitar este acoso, decide establecer un precio por alcanzar una relación sexual, ¿podría ser catalogada esta persona con la misma definición de la persona la cual ejerce ligera de ropa, a precios insignificantes y sin medidas de higiene, en la calle a altas horas de la calle?.
La respuesta es bien sencilla: no. Aunque ambas podría suponerse que realizan el mismo oficio, no pueden nombrarse del mismo modo, y tampoco pueden incluirse en la misma consideración legal.
Esta apreciación, y a la vez confusión, ya indica un desconocimiento real de las muy diferentes formas de oficio, pues tras las actividades sexuales hay una base, una planificación, una estructura, una forma de pensar, unos ideales, unos conceptos obligatorios e imprescindibles de lucidez y respeto, y unas atenciones, cuya enorme diversidad comprenden desde la humillación y el dolor hasta las caricias, la galantería y la sensualidad.
Porque, del mismo modo que hemos dicho en otras ocasiones dentro de nuestra página web y en otros artículos, el sexo, en mayor o en menor complejidad, con mejor o peor exigencia, tiene siempre su parte de fantasía, y las fantasías sexuales son representaciones mentales, con su origen en la mente de las personas, que tienen como pretensión un desarrollo sexual basándose en una amplia gama de emociones y situaciones las cuales van más allá de un acto orgásmico. Las fantasías sexuales son un hecho normal dentro de la vida de una persona, pues forman parte de nuestra sexualidad, tanto en el sexo masculino como en el sexo femenino, pudiendo producirse tanto de forma voluntaria o involuntaria, y cuya prestación práctica, debido a la singular idealización producida a modo propio y único en las personas, exige de unos aportes personales, económicos, una infraestructura adecuada y una habilidad profesional, equiparables e incluso superiores a otros oficios cualquiera hoy regularizados.
A fecha de hoy no hay prevista ninguna regularización del oficio, a pesar de haber, tanto en la Generalitat de Catalunya como en el Estado español, algunas líneas políticas a favor de la regularización. Hay dificultades en los cuales se debe de avanzar paso a paso, y muy poco a poco, y entre las cuales también se halla el coste económico. Preguntas tan sencillas y banales como “¿tendría derecho a la baja laboral una persona que presta servicios sexuales remunerados mientras tuviera la regla (también llamada menstruación)”, o “¿cuál sería la baja laboral para una persona que presta servicios sexuales remunerados mientras estuviera en período de embarazo, durante éste o después de éste?”, son preguntas que también se valora, pues curiosamente, aunque se decidiera que estas circunstancias no dan derecho a la baja laboral, podría darse la circunstancia de haber una sentencia judicial contraria a esta determinación, lo cual sentaría jurisprudencia y, por consiguiente, un coste económico no calculado.
Otras preguntas a barajar son: “¿se podría aplicar el régimen de autónomos a esta profesión?”, y en este caso, “¿podrían solicitar los clientes facturas de los servicios, como es habitual en los profesionales autónomos?”, o por ejemplo “la compra de preservativos, juguetes eróticos (como pueden ser vibradores, lubricantes, etc.), ropa básica, sábanas, y cualquier otro elemento de uso en el oficio, ¿debería de poder desgravarse?”.
Todas estas preguntas, y muchas otras omitidas, las cuales muy seguramente nos habrán hecho brotar una sonrisa, no hay una respuesta a día de hoy, dado la Administración y Gobierno con competencias no puede responderlas, pues aunque parecen broma, perderían toda su consideración y apreciación cómica en caso de regularizarse el oficio.
La Administración Pública, y los órganos de gobierno con los cuales hemos mantenido conversación, han mostrado su interés en profundizar para un mejor conocimiento, el cual comprenda a todas las personas que prestan servicios sexuales remunerados de forma particular e independiente, muy especialmente, y actualmente, se está estudiando una idea interesante, la cual tiene todo nuestro apoyo, respaldo y aprobación.
En estas reflexiones planteadas, se incluye también los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, pero los artículos únicamente buscan su parte reflexiva y el debate, omitiendo siempre obligatoriamente datos personales, direcciones, nombres cual sean o cualquier otro aspecto fuera del debate público de la regularización del oficio, y por lo tanto, no incluyo aspectos que además son sólo simples menciones que en algunos casos no tienen continuidad.
En el fondo, las ideas son ovas de cuya posta a miles se aguardan sólo sobreviven apenas la decena, justa, necesaria y suficiente.
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